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Senado analiza articulado del proyecto que regula el procedimiento para otorgar concesiones eléctricas

Durante la discusión –en segundo trámite constitucional- del proyecto de ley que regula el procedimiento para otorgar concesiones eléctricas, la sala del Senado avanzó en el análisis de los métodos de consulta a los pueblos originarios que contemplará el nuevo articulado, y que tiene entre otros objetivos evitar que las concesiones eléctricas puedan afectar áreas silvestres protegidas.

4 de julio de 2013

Durante la discusión –en segundo trámite constitucional- del proyecto de ley que regula el procedimiento para otorgar concesiones eléctricas, la sala del Senado avanzó en el análisis de los métodos de consulta a los pueblos originarios que contemplará el nuevo articulado, y que tiene entre otros objetivos evitar que las concesiones eléctricas puedan afectar áreas silvestres protegidas. En este sentido, esta materia generó entre los parlamentarios el mayor debate, aprobando –con 16 votos a favor y 8 en contra- la propuesta realizada por la Comisión de Minería del Senado, “en orden a eliminar del texto propuesto por la Cámara la obligación de realizar la consulta a los pueblos indígenas, -en los términos establecidos en el Convenio 169 de la OIT- siempre y cuando se trate de concesiones provisorias”. Asimismo, se acordó eximir de la obligación de buscar alternativas de trazado cuando la concesión provisoria se proyecte en terrenos de áreas silvestres protegidas. Por otra parte, los senadores explicaron que la consulta a los pueblos originarios involucrados en las respectivas concesiones eléctricas se efectuará una vez que la concesión haya sido adjudicada y siempre antes de comenzar las obras. Sin embargo, parte de los parlamentarios calificaron esta norma como “una grave aberración” que atentaría directamente con los principios consagrados por el mismo Gobierno y en contra de los parámetros establecidos en el Convenio 169 de la OIT. En cuanto a la norma que exime a las concesiones provisorias de la obligación de informar al Ministerio de Bienes Nacionales cuando se afecten terrenos fiscales, la Cámara Alta aprobó –con 22 votos a favor y 9 en contra- esta disposición que generó también un amplio debate, debido a que el 50% del territorio nacional corresponde a bienes de uso público, siendo rebatida por la necesidad de simplificar y agilizar los trámites para la determinación del estudio del trazado preliminar. En tanto, las materias relativas a la publicación de solitudes, que aluden a la concesión y al respectivo mapa en la página web de la Superintendencia y de los municipios afectados, fueron aprobadas con 19 votos a favor y 9 en contra. Similar debate se produjo –con la aprobación por 20 votos a favor y 6 en contra- de la disposición que establece que «la Superintendencia pondrá al solicitante en conocimiento de las observaciones para que las conteste en un plazo máximo de 30 días, debiendo desechar de plano aquellas alegaciones distintas de éstas». Finalmente, la Sala acordó continuar los próximos días con la discusión en particular de las materias relacionadas a oposición u observaciones a las solicitudes de concesiones; notificación y toma de posesión de los predios; indivisibilidad de las concesiones; años de duración de las concesiones; y artículo N° 34 relativo a la consulta a los pueblos originarios. 

Vea texto íntegro de la moción, discusión, análisis y debate.

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