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Ejecutivo ingresó a trámite proyecto que modifica Ley Indígena

La Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) es un servicio público funcionalmente descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, sometido a la supervigilancia del Ministerio de Desarrollo Social, encargado de promover, coordinar y ejecutar, en su caso, la acción del Estado en favor del desarrollo integral de las personas y comunidades indígenas, especialmente en lo económico, social y cultural y de impulsar su participación en la vida nacional.

7 de agosto de 2013

La Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) es un servicio público funcionalmente descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, sometido a la supervigilancia del Ministerio de Desarrollo Social, encargado de promover, coordinar y ejecutar, en su caso, la acción del Estado en favor del desarrollo integral de las personas y comunidades indígenas, especialmente en lo económico, social y cultural y de impulsar su participación en la vida nacional.A su turno, la Comisión de Desarrollo de Isla de Pascua (CODEIPA),  es la sucesora legal de la Comisión de Radicaciones, integrada por representantes de la comunidad Rapa Nui y la ampliación de sus atribuciones a objetivos no solo relacionados con la entrega de tierras, sino también con el desarrollo económico, social y cultural.El proyecto de ley, iniciado por mensaje, expone que, acorde al “rol que actualmente cumplen los consejeros nacionales indígenas del Consejo Nacional de CONADI y los comisionados indígenas de la CODEIPA”, entendido como un “punto focal para la difusión de las políticas que hacen referencia a los pueblos indígenas”, implica “una alta dedicación de su tiempo a las labores de este cargo”.Observa luego que los primeros solo reciben un dieta por asistencia a las sesiones ordinarias del Consejo Nacional de CONADI, pero no perciben ningún tipo de remuneración o dieta por el desempeño de sus funciones”, por lo que se requiere fijar un estipendio que guarde “una relación proporcional con la importancia de las labores desempeñadas en dichos cargos”, así como un “reconocimiento de la representatividad” de tales autoridades como portavoces ante los órganos de la Administración Pública.Para tales fines, propone introducir una serie de enmiendas en la ley Nº 19.253, que establece normas sobre protección, fomento y desarrollo de los indígenas y crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, de manera tal que, por una parte, se otorguen nuevas funciones a las citadas entidades, como el prestar colaboración al Ministerio de Educación en el desarrollo de sistemas de educación intercultural bilingüe y, por otra, fije una dieta estable y otra adicional con un determinado tope en las hipótesis que la iniciativa contempla.

 Vea texto íntegro del boletín N° 9041. 

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