No se preparó el recurso
CS rechazó recurso de casación en la forma contra sentencia de la Corte de Valparaíso que no acogió incompetencia del tribunal.
Se dedujo recurso de casación en la forma, por la parte demandada, respecto de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que revocó el fallo de primer grado acogiendo la demanda y, al mismo tiempo, se pronunció rechazando el incidente de incompetencia del tribunal promovido en segunda instancia, todo ello en juicio ordinario de nulidad de derecho público.

Se dedujo recurso de casación en la forma, por la parte demandada, respecto de una sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que revocó el fallo de primer grado acogiendo la demanda y, al mismo tiempo, se pronunció rechazando el incidente de incompetencia del tribunal promovido en segunda instancia, todo ello en juicio ordinario de nulidad de derecho público.El recurso de nulidad formal sostiene que la sentencia impugnada ha incurrido en la causal contemplada en el N° 1 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la incompetencia del tribunal, fundado en que la petición sometida a conocimiento del juzgado está relacionada con la impugnación de actos emanados de la autoridad aduanera, materia que no debe ser conocida por la justicia ordinaria, sino que deben ser promovidas mediante reclamaciones, sea ante los Administradores de Aduanas, sea ante el Director Regional del Servicio conforme lo establece el artículo 177 de la Ordenanza de Aduanas.La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en la forma, señalando que “en el caso de autos no se ha cumplido con el requisito esencial de preparación del recurso -previsto en el artículo 769 del Código de Procedimiento Civil- puesto que si bien el recurrente alegó en su primera actuación procesal como excepción dilatoria la incompetencia del tribunal, ésta fue desestimada por resolución de fojas 78 sin que se alzara en su contra, conformándose con tal determinación. Luego, dictada la sentencia definitiva de primera instancia que rechazó la demanda, ésta sólo fue impugnada por la demandante, limitándose la demandada a promover en segunda instancia un incidente de incompetencia”.Por otra parte, el máximo Tribunal, confirmando su rechazo, concluyó que “el recurrente no reclamó de la falta –incompetencia del tribunal- “ejerciendo oportunamente y en todos sus grados los recursos establecidos por la ley”, que en el caso específico requería la interposición del recurso de apelación en contra de la resolución del tribunal de primer grado que rechaza la excepción de incompetencia y el de casación en la forma respecto de la sentencia definitiva dicta por el mencionado juzgado”.
Ver texto íntegro de la sentencia
RELACIONADOS
Te puede interesar

No constituye una diligencia útil
CS rechazó recurso de casación en el fondo respecto de sentencia de la Corte de Santiago que hizo lugar a incidente de abandono del procedimiento

Se elevó monto de indemnización
Corte de Antofagasta confirmó sentencia de Juzgado de Policía Local que condenó a farmacia por venta de medicamento alternativo.

Reforma constitucional
Se discutirá proyecto para perfeccionar el TRICEL.

