Diario Constitucional

Por un tercero interesado.

TC deberá resolver si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna principio de divisibilidad de la administración.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 11 letra e) de la Ley sobre Acceso a la Información Pública.La gestión pendiente invocada incide en un reclamo de ilegalidad por la Dirección Nacional de la Administración del Estado en contra del Consejo para la Transparencia que acogió parcialmente un requerimiento de acceso a la información…

Por Redacción·20 de agosto de 2013·1 min de lectura
TC deberá resolver si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna principio de divisibilidad de la administración.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 11 letra e) de la Ley sobre Acceso a la Información Pública. La gestión pendiente invocada incide en un reclamo de ilegalidad por la Dirección Nacional de la Administración del Estado en contra del Consejo para la Transparencia que acogió parcialmente un requerimiento de acceso a la información y que conoce actualmente la Corte de Apelaciones de Santiago. El requirente estima que, de aplicarse la norma reprochada, se vulneraría su derecho a realizar cualquier actividad económica con independencia e imparcialidad, ello al revelarse el puntaje obtenido en el examen psicosocial efectuado por la consultora en aras a la objetividad y la ecuanimidad de sus decisiones. La sala designada por el Presidente del TC tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

Vea texto íntegro del requerimiento y expediente N° 2506.

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