Diario Constitucional

Controversia sobre el derecho invocado.

CS confirmó sentencia de la Corte de Coyhaique que había rechazado acción de protección deducida en contra del Tesorero Regional de Aysén.

El recurso de protección no puede ser utilizado como un juicio declarativo, ya que requiere la existencia de derechos indiscutibles e incontrovertibles

Por Redacción·11 de septiembre de 2013·2 min de lectura
CS confirmó sentencia de la Corte de Coyhaique que había rechazado acción de protección deducida en contra del Tesorero Regional de Aysén.
Referencial

Se dedujo acción de protección en contra del Tesorero Regional de Aysén, derivado del acto administrativo que consistió en rechazar un recurso a fin de alzar el embargo recaído en dos especies de su propiedad, recurso que debió haber sido resuelto por el abogado provincial del servicio o la justicia ordinaria. Al efecto, estimó que esta acción es ilegal y arbitraria, lo cual vulneraría su derecho de propiedad.

En su informe, la recurrida solicitó el rechazo de la acción, sosteniendo que lo pedido por el recurrente ya ha sido planteado y fallado en un proceso administrativo legalmente tramitado. Por otra parte, agregó que tampoco se ha verificado ilegalidad ni arbitrariedad alguna.

La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechazó la acción constitucional intentada; fallo que fue confirmado sin modificaciones por la Corte Suprema.

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