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No se altera decisión.

Corte de Santiago confirmó sentencia que acogió demanda de indemnización de perjuicios por daño moral en contra del Fisco.

La sentencia de primer grado acogió la acción al descartar, en primer término, la alegación del Fisco de Chile de encontrarse en la hipótesis prevista en el inciso 2º del artículo 2322 del Código Civil

3 de octubre de 2013

Se dedujo recurso de apelación en contra de una sentencia del 27º Juzgado Civil de Santiago que acogió una demanda de indemnización de perjuicios en contra del Fisco de Chile, derivada de las lesiones sufridas por un familiar de los demandantes, durante el cumplimiento de funciones para el Ejército de Chile.
La sentencia de primer grado acogió la acción al descartar, en primer término, la alegación del Fisco de Chile de encontrarse en la hipótesis prevista en el inciso 2º del artículo 2322 del Código Civil, en cuanto habría hecho todo aquello que el estándar de diligencia y cuidado ordinario le hacía exigible, dado que esto último no ha sido acreditado. Por lo anterior, y atendidas las circunstancias fácticas del caso, accedió al resarcimiento por el daño moral sufrido y por el daño emergente, descartando la procedencia del lucro cesante demandado.
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia apelada, al estimar que los antecedentes allegados a la apelación “no alteran lo resuelto en relación a la prueba del daño moral de los hermanos y padrastro, y que por otro lado las argumentaciones contenidas en los recursos de apelación materia de la vista y lo expuesto en estrados no resultan suficientes para alterar lo que viene decidido”.

 

 

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