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CPLT acogió amparo de acceso a la información en contra de Universidad.

Se dedujo amparo de acceso a la información –por parte de un ex alumno- en contra de la Universidad del Bío Bío, fundado en que no se le habría entregado la información solicitada, relativa a la entrega de su título de Ingeniero Comercial y el motivo de por qué no se le ha conferido dicho título.

18 de octubre de 2013

Se dedujo amparo de acceso a la información –por parte de un ex alumno- en contra de la Universidad del Bío Bío, fundado en que no se le habría entregado la información solicitada, relativa a la entrega de su título de Ingeniero Comercial y el motivo de por qué no se le ha conferido dicho título.

En sus descargos, la reclamada sostuvo que dio respuesta a la solicitud del particular, indicándole que su título se encontraba actualmente en tramitación, y se le señaló la fecha tentativa en la cual se le haría entrega de éste.

El CPLT acogió el amparo, al razonar que el plazo indicado por la Universidad reclamada para entregar la información solicitada excede aquél señalado en el artículo 14 de la Ley de Acceso a la Información Pública, por lo que se atendió a la solicitud, dándose por cumplida la obligación del órgano reclamado, aunque de forma extemporánea.

Vea texto íntegro de la Decisión Rol C1321-13.

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