Independencia judicial.
Corte IDH declaró responsabilidad del Estado de Ecuador por cese arbitrario de funciones de vocales de Tribunal Constitucional.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró que el Estado de Ecuador vulneró las garantías judiciales previstas en la Convención Americana de Derechos Humanos.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró que el Estado de Ecuador vulneró las garantías judiciales previstas en la Convención Americana de Derechos Humanos, en el caso “Tribunal Constitucional (Camba Campos y Otros) vs. Ecuador”, por la vulneración arbitraria a la permanencia en el ejercicio de la función judicial y la consecuente afectación a la independencia judicial, y por la violación del derecho a la protección judicial, consagrados en los artículos 8.1, 8.2, 8.4, 23.1.c y 25.1 en relación con el artículo 1.1 del instrumento internacional aludido.
Esta sentencia se origina en una demanda presentada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en contra del Estado, en virtud del cese de los vocales del Tribunal Constitucional realizado por el Congreso Nacional de Ecuador el 25 de noviembre de 2004, así como con los juicios políticos que se llevaron a cabo en respecto de algunos de los vocales el 1 y el 8 de diciembre de 2004.
En su fallo, la CIDH destacó que el Congreso del Estado demandado no tenía competencia para el cese de los vocales, al tiempo que el juicio político y la reapertura de la votación de varias mociones de censura contra los vocales en una segunda sesión del Congreso realizada el 8 de diciembre de 2004, implicó un nuevo enjuiciamiento, vulnerando la garantía del principio de “ne bis in idem”.
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Organiza CECOCH.
Seminario Internacional: “La protección de los derechos humanos y fundamentales de acuerdo a la Constitución y el Derecho Internacional de los derechos humanos”.

