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CGR desestima pronunciamiento por tratarse de un asunto de competencia del CPLT.

En su informe, la repartición pública señaló que “no existe el correo al que se refiere la peticionaria, sino un llamado telefónico de su ex jefa»

11 de noviembre de 2013

Se solicitó emitir un pronunciamiento al Contralor General de la República – por parte de una ex servidora del Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río, representada por la Oficina de DDHH de la CAJ, Región Metropolitana– a fin de que se llevara a cabo una investigación tendiente a esclarecer si un correo electrónico enviado por su ex jefa estaría en la base de datos de ese centro hospitalario, y determinar su contenido, por cuanto, según alega, le habría afectado gravemente.

En su informe, la repartición pública señaló que “no existe el correo al que se refiere la peticionaria, sino un llamado telefónico de su ex jefa en el que da su opinión profesional acerca de la ocurrente, a otra funcionaria de ese recinto hospitalario”.

Como cuestión previa, el órgano de control precisó que, “según los antecedentes tenidos a la vista, aparece que su reclamación fue atendida por el Consejo para la Transparencia -en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública-, mediante la decisión a los amparos roles N°s C795-12 y C813-12”, en que la ex jefa de la interesada reiteró  “no haber enviado ningún correo electrónico, autorizando la revisión de su computador”.

En mérito de lo expuesto y  conforme con lo resuelto en una situación similar en el dictamen N° 41.037, de 2012, no corresponde a la CGR pronunciarse en este sentido.

 

Vea texto íntegro del dictamen N° 70667.

 

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