Diario Constitucional

Revocado.

CS acogió casación y rechazó indemnización de perjuicios contra Chilevisión.

Se dedujo de casación contra sentencia dictada por el sexto Juzgado Civil de Santiago, en que se condenaba a Chilevisión S.A. a pagar indemnización de perjuicios por un programa exhibido en que se vulneraría la honra de la médico psiquiatra María Luisa Cordero.

Por Redacción·21 de marzo de 2014·1 min de lectura
CS acogió casación y rechazó indemnización de perjuicios contra Chilevisión.
Referencial

Se dedujo de casación contra sentencia dictada por el sexto Juzgado Civil de Santiago, en que se condenaba a Chilevisión S.A. a pagar indemnización de perjuicios por un programa exhibido en que se vulneraría la honra de la médico psiquiatra María Luisa Cordero.

La Corte Suprema, conociendo de casación la sentencia dictada por eltribunal antes individualizado, acogió dicho recurso y revocó la decisión que había sido ratificada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en la que se ordenaba a la estación televisiva a pagar cincuenta millones de pesos a la profesional.

Al respecto, el máximo tribunal –en fallo dividido- precisó que que la demandante doña María Luisa Cordero Velásquez no rindió pruebas conducentes a acreditar la existencia del daño moral que habría sufrido por las aflicciones y molestias experimentadas como consecuencia de la exhibición de la filmación obtenida con cámaras ocultas, carga procesal que le correspondía de acuerdo a la regla del onusprobandi que el legislador ha previsto en el artículo 1698 del Código Civil.

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