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Debido proceso.

CIDH conocerá denuncia por caso de periodista agredido en manifestación.

Los denunciantes, arguyen en su libelo que el día 21 de mayo del año 2008 un funcionario de Carabineros de Chile agredió con una fusta metálica al periodista Victor Salas Araneda

1 de abril de 2014

En el marco del caso del periodista Victor Salas Araneda, la asociación gremial de abogados, Libertades Públicas, interpuso este 25 de marzo una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, solicitándole que investigue el caso del, lo someta a solución amistosa con el Estado de Chile, y, en caso de no prosperar ésta, remita los antecedentes a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, por la vulneración de los derechos al debido proceso y la libertad de expresión consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Los denunciantes, arguyen en su libelo que el día 21 de mayo del año 2008 un funcionario de Carabineros de Chile agredió con una fusta metálica al periodista Victor Salas Araneda, quien resultó con lesiones graves en uno de sus ojos. La agresión se produjo mientras el profesional se encontraba cubriendo un altercado entre manifestantes y carabineros.

En primera instancia, el cabo segundo de carabineros Ivar Germán Barría Álvarez resultó condenado por el Segundo Juzgado Militar de Santiago, con fecha 6 de enero de 2012, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado mínimo, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y la accesoria de pérdida del estado militar, como autor del delito de violencias innecesarias causando lesiones graves, con costas.  Sin embargo, ante la apelación interpuesta por la defensa del condenado, la Corte Marcial revocó la sentencia, eximiéndolo de la pena accesoria de pérdida del estado militar, rebajándola a 300 días de presidio menor en su grado mínimo y a la suspensión en el cargo mientras dure el cumplimiento de la condena.

Así, en base a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sentada en los casos Palamara Iribarne vs Chile, Radilla Pacheco vs México, y Rosendo Cantú y otra vs México, los denunciantes aducen que el Estado de Chile no está cumpliendo con el estándar de convencionalidad esperado, toda vez que, retiradamente, la Corte IDH ha expresado que, en casos de jurisdicción militar en tiempos de paz, los estados deben reducir su aplicación a procesos en que no existan bienes jurídicos ordinarios involucrados.

Finalmente, se agrega que el actuar del carabinero involucrado no sólo implica una agresión innecesaria y con violencia desmedida a un civil, sino que al encontrarse éste último realizando labores de prensa, se entrega un mensaje de represión a la libertad de expresión del país en general.

Le corresponderá a la CIDH pronunciarse sobre la admisibilidad de la denuncia y, eventualmente, someterlo al conocimiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

 

Conozca texto íntegro de la denuncia.

 

 

 

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