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En segundo trámite.

Diputados iniciaron debate de voto de chilenos en el exterior.

Ayer martes, con el informe del diputado Saffirio se inició el debate del proyecto que regula el ejercicio del sufragio de los ciudadanos que se encuentran fuera del país.

2 de abril de 2014

La Carta Fundamental concede el derecho a sufragio a quienes tengan la calidad de ciudadanos, estos comprenden a los chilenos que tengan 18 de años de edad y no estén condenados a pena aflictiva, salvo quienes hayan obtenido la nacionalidad por carta de nacionalización o por gracia, hipótesis en las que para ejercer tal derecho se les exige además avecindarse en Chile por más de un año. Igual derecho se concede a los extranjeros avecindados en nuestro país por más de 5 años, en los casos y forma que determine la ley.

Según ello, ayer martes, con el informe del diputado Saffirio se inició el debate del proyecto que regula el ejercicio del sufragio de los ciudadanos que se encuentran fuera del país.

Al efecto, cabe recordar que la iniciativa de reforma constitucional fue presentada por la ex senadora Alvear, y los actúales senadores Allende, Espina, Larraín y Walker.

La propuesta modifica el artículo 13 de la Carta Fundamental, estableciendo que los ciudadanos chilenos con derecho a sufragio que se encuentren en el extranjero, podrán ejercer su voto para elecciones presidenciales y plebiscitos nacionales.

Para ello deberán presentar una solicitud al Servicio Electoral en la elección respectiva, procedimiento que quedará regulado en una Ley Orgánica Constitucional que fijará los requisitos y manera en que se realizará el proceso electoral en el extranjero.

Durante el análisis de la propuesta en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, se aprobó una indicación para eliminar del texto despachado por el Senado la referencia a que la solicitud pueda ser presentada ante los consulados de Chile en el extranjero, ya que no precisa qué tipo de consulados estarán habilitados para este propósito.

La propuesta seguirá siendo analizada en una próxima sesión.

 

 

Vea texto íntegro del boletín N°9069-07.

 

 

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