Carroza Espinosa, elevó la causa al estado de plenario y acusó a un ex oficial del Ejército en su calidad de autor del delito de homicidio calificado en contra de Mario Lavanderos Lastete, perpetrado el 18 de octubre de 1973, al interior de la Academia de Guerra del Ejército, en Santiago.
En virtud de los antecedentes reunidos en la causa, el Magistrado tuvo por legalmente establecido que la víctima, con posterioridad a un altercado mantenido por ambos ex oficiales en la Academia de Guerra del Ejército en la fecha señalada, habría recibido un disparo en la cabeza con el arma de servicio del acusado, lo que le habría provocado la muerte por herida de bala facio-craneana con salida de proyectil.
A partir de esta constatación, y de los antecedentes documentales, periciales y testimoniales que obran en autos, el juez resolvió que se encontraba legalmente acreditada la responsabilidad del procesado como autor del delito de homicidio calificado, previsto y sancionado en el artículo 391 del Código Penal, vigente a la fecha de los hechos.