No existe derecho indubitado.
CS revocó sentencia y rechaza protección deducida contra compañía de seguros.
La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el arbitrio constitucional, mas la Corte Suprema, en alzada, revocó la sentencia apelada y rechazó la acción.

Se dedujo acción de protección en contra de seguros Penta Vida, por parte de un particular.
La recurrente estimó vulnerado su derecho a la protección de la salud y su derecho de propiedad, en razón de la decisión de la compañía recurrida de no renovarle el contrato de salud que mantiene con ésta a partir de la entrada en vigencia de la Ley 20.667.
La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el arbitrio constitucional, mas la Corte Suprema, en alzada, revocó la sentencia apelada y rechazó la acción.
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