Acto arbitrario e ilegal.
CS revocó sentencia y acogió protección contra Junta de Oficiales de Compañía de Bomberos.
El recurrente estimó infringido el derecho consagrado en el artículo 19 N°3 de la Carta Fundamental, junto con la igualdad ante la ley y el derecho de asociarse libremente.

Se dedujo acción de protección -por parte de un bombero- en contra de la Junta de Oficiales de la Primera Compañía de Bomberos de San Javier.
El recurrente estimó infringido el derecho consagrado en el artículo 19 N°3 de la Carta Fundamental, junto con la igualdad ante la ley y el derecho de asociarse libremente, toda vez que la recurrida citó, integró y luego dictó, en forma arbitraria e ilegal, una Resolución que lo suspendió por tres meses de las filas de la Primera Compañía de Bomberos de San Javier, solicitando en consecuencia que el mencionado acto administrativo se invalide, por haber sido dictado por una Comisión Especial, sin que previamente haya mediado un procedimiento justo.
La Corte de Apelaciones de Talca rechazó el arbitrio constitucional, por cuanto estimó que la acción de la recurrida no constituyó un acto arbitrario e ilegal, en razón de haberse ajustado a lo dispuesto en el Reglamento General vigente a la época en que aplicó la sanción. Por su parte, la Corte Suprema, en alzada, revocó la sentencia apelada y acogió la acción de protección.




