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Se hizo efectiva abdicación.

Fue publicada ley orgánica para la sucesión de la Corona española.

Al efecto, cabe recordar que la tramitación legislativa normal que se sigue en los casos de aprobación de una ley comienza con la reunión extraordinaria del Consejo de Ministros.

25 de junio de 2014

Luego de firmada la abdicación, fue publicada con fecha 19 de junio pasado la Ley Orgánica 3/2014, por la que se hizo efectiva la abdicación del Rey Juan Carlos I de Borbón, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el Título II que la Constitución ibérica dedica a la Corona, y en particular al mandato establecido en el artículo 57.5 en el que se señala que “las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que concurra en el orden de sucesión a la corona se resolverán por una ley orgánica”.

Al efecto, cabe recordar que la tramitación legislativa normal que se sigue en los casos de aprobación de una ley comienza con la reunión extraordinaria del Consejo de Ministros que, tras la aprobación del proyecto de ley, lo remite a la Mesa del Congreso de los Diputados para su análisis y valoración. Concluido este paso, se da traslado del escrito a la Mesa del Senado, quien tras su examen lo somete al Pleno, que debe pronunciarse sobre el texto mediante la presentación o no de enmiendas, conforme a lo establecido en el artículo 90 de la propia Constitución. Luego, en caso de no presentarse enmiendas por la Cámara Alta, el proyecto queda de nuevo a disposición del Congreso, quien deberá ratificar el texto para su aprobación definitiva. Una vez realizados todos los trámites previstos en el Capítulo III del Título III, bajo la denominación «de la elaboración de las leyes», la ley es publicada en el Boletín Oficial del Estado, momento a partir del cual comenzará a producir efectos jurídicos.

En la especie, el trámite legislativo se caracterizó por la rapidez propia del procedimiento de urgencia (en el que se reducen los plazos normales), atendiendo que el Congreso de los Diputados aprobó el proyecto de ley el día 11 de Junio, y se produjo su sanción y promulgación el día 18 del mismo mes, entrando en vigor con su publicación al día siguiente.

Esta ley tuvo su origen en las normas contenidas en el artículo 168 de la propia Constitución española, relativas al procedimiento extraordinario de reforma constitucional que exigen un quórum especial de 2/3 para la aprobación de cualquier modificación que afecte a la Corona.

La votación reunió un apoyo del 85%, con la oposición de únicamente 19 diputados de los 350 de que consta el Congreso, y la abstención de 23. En ella, destacó la polémica sobre la igualdad de género en la línea sucesoria, la que, sin embargo, se desarrolló en un marco de absoluto respeto de los poderes Ejecutivo y Legislativo a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

 

 

Vea texto íntegro de la Ley Orgánica de Abdicación.

 

 

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