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Colusión.

TDLC acogió parcialmente requerimiento de FNE contra tres empresas de buses.

En su sentencia, la Magistratura de Libre Competencia tuvo por acreditado el segundo los acuerdos imputados por la FNE.

27 de junio de 2014

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia acogió un requerimiento deducido por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en contra de tres empresas de buses, por haber incurrido en una colusión para alzar el precio de los pasajes de sus servicios de transporte rural en la ruta Copiapó-Caldera durante los meses de abril y mayo de 2011, en infracción del artículo 3° del D.L. N° 211.

En su sentencia, la Magistratura de Libre Competencia tuvo por acreditado el segundo los acuerdos imputados por la FNE, en vista de: (i) el reconocimiento de los hechos efectuado por las requeridas Buses Caldera y Cristián Valdés en las conciliaciones parciales celebradas con la FNE; (ii) las declaraciones juradas acompañadas; y, (iii) la simultaneidad de las conductas ejecutadas por Casther y Buses Caldera el día 18 de abril de 2011.

Por otra parte, respecto del primer acuerdo el falló adujo que, a partir de los antecedentes de autos, no existió prueba clara y concluyente del mismo, así como tampoco evidencia de la participación de Buses Caldera.

La sentencia concluyó imponiendo una multa de 60 Unidades Tributarias Anuales (UTA) a E. Alonso Castillo H. Compañía Limitada y de 15 UTA al Sr. Cristián Valdés Cabrera y a la Empresa de Transporte Caldera Sociedad Anónima, en razón de las participaciones de mercado de las requeridas y las conciliaciones logradas entre la FNE y estas dos últimas.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia en causa rol C N° 248-13.

 

 

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