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Por unanimidad.

Corte de Santiago rechaza reclamo de ilegalidad y ordena a EFE publicar en su web remuneraciones de gerentes.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un reclamo de ilegalidad en contra de una decisión del Consejo Para la Transparencia (CPLT) que ordenó a la Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE) incorporar en su página web los sueldos de partes de sus gerentes.

14 de julio de 2014

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un reclamo de ilegalidad en contra de una decisión del Consejo Para la Transparencia (CPLT) que ordenó a la Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE) incorporar en su página web los sueldos de partes de sus gerentes.

En su sentencia, el Tribunal de alzada arguye que la reclamante sostiene que de acuerdo al organigrama de la empresa los gerentes responsables de la dirección y administración de la empresa, son únicamente el Gerente General y el Gerente Master Plan, ocupándose las demás gerencias de desarrollar su actividad en áreas técnicas específicas de acuerdo a las instrucciones superiores de dirección y administración del Gerente General, y en el caso del Proyecto Rancagua Xpress del Gerente Master Plan, por lo que no procede incluir-como ordena la decisión que reclama  otras gerencias más que las mencionadas ( General y Master Plan)».

Enseguida, expresa la sentencia que, más allá de su afirmación, no probó la reclamante que las otras gerencias incluidas en la decisión de reclamo carecieran de la capacidad de determinar los objetivos, planificar, dirigir o controlar la conducción superior de los negocios o la política estratégica de la entidad, ya sea por sí solos o junto con otros, toda vez que tales funciones son propias del cargo de Gerente, definido en el diccionario de la Real Academia como la persona que dirige los negocios y lleva la firma en una sociedad o empresa mercantil, con arreglo a su constitución.

Así, concluye la Corte de Santiago manifestando que si bien se agregaron a los autos las funciones y competencias de la Gerencia de Ingenería y Planificación, así como de la Gerencia de Negocios Inmobiliarios, lo allí consignado no descarta, sino que por el contrario confirma que tales gerencias son responsables de la dirección y administración superior de la empresa. En efecto, se señala en el primer caso que  la Gerencia de Ingeniería y Planificación esta´ encargada de diseñar y ejecutar los proyectos centrales de la infraestructura ferroviaria de EFE, que conforman los planes de inversión trienales de la empresa, tanto para el desarrollo de los servicios de pasajeros, como para los servicios de porteo de carga en la red, y que su objetivo principal es materializar los Planes Trienales de Inversión en todas sus etapas, asegurando su desarrollo oportuno, sin sobre costos, en los tiempos previstos y con el alcance adecuado, para resguardar la seguridad y productividad de la infraestructura de la Empresa. De la gerencia de negocios Inmobiliarios se dice, está encargada de gestionar el mejor uso posible de los activos inmobiliarios de la empresa por medio de negocios de arriendos, de atraviesos y paralelismos, además de gestionar la venta de activos prescindibles para la operación ferroviaria, todas acciones de dirección y administración superior de la empresa.

Motivos anteriores en virtud de los cuales fue rechazado el reclamo de ilegalidad de autos.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

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