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CGR se pronunció respecto de solicitudes para ejercer acciones de reembolso e instruir sumario por parte de Municipios.

Al efecto, cabe recordar que las peticiones se efectúan de conformidad con lo dispuesto en el artículo 152 de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, establece el derecho de tales entidades, cuando han debido responder por los daños que causan, para repetir en contra del funcionario que hubiere incurrido en falta personal.

Por Redacción·01 de agosto de 2014·2 min de lectura
CGR se pronunció respecto de solicitudes para ejercer acciones de reembolso e instruir sumario por parte de Municipios.
Referencial

Se solicitó una reconsideración a la Contraloría General de la República –por parte de un particular– de su Dictamen N° 54.827, de 2012, con el propósito que se ordenara a la Municipalidad de El Monte, que inicie las acciones judiciales respecto de la máxima autoridad de su institución, para recuperar el monto pagado por concepto de indemnización por lucro cesante a que fue condenado ese municipio, con motivo de la declaración de ilegalidad de un decreto alcaldicio que dispuso la caducidad de una patente de alcoholes.

A su vez, se solicitó a la CGR –por parte de un particular– iniciar un sumario administrativo y un juicio de cuentas en la Municipalidad de Las Condes, para perseguir la responsabilidad disciplinaria y pecuniaria o civil de su Alcalde, por un caso similar.

Al efecto, cabe recordar que las peticiones se efectúan de conformidad con lo dispuesto en el artículo 152 de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, que establece el derecho de tales entidades, cuando han debido responder por los daños que causan, para repetir en contra del funcionario que hubiere incurrido en falta personal.

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