Artículo 19 N° 21.
Senadores proponen reconocimiento constitucional del principio pro consumidor.
La iniciativa recuerda que es necesario tener presente el deber del Estado de proteger y fomentar los grupos intermedios, situación prevista en el artículo 1° de la Constitución.

La moción de los senadores Allende, Araya, De Urresti, Larraín y Montes, expone que nuestra Carta Fundamental no garantiza la plena eficacia de los derechos de los consumidores, a través del reconocimiento de la preeminencia que debe poseer y ostentar la protección de la salud, el deber de educación y la seguridad en el consumo de bienes o servicios.
Observa luego que en diversas Constituciones en el mundo, como es el caso de la española y portuguesa, se ha incluido y establecido la protección de los derechos del consumidor. Así, a nivel Latinoamericano, las Cartas Fundamentales de Colombia, Brasil y Argentina reconocen los derechos que tienen los consumidores y usuarios de bienes y servicios.
Asimismo, la iniciativa recuerda que es necesario tener presente el deber del Estado de proteger y fomentar los grupos intermedios, situación prevista en el artículo 1° de la Constitución.




