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En primer trámite.

Proponen prohibir instalación de antenas existiendo oposición de vecinos.

La iniciativa se encuentra en primer trámite constitucional y será analizada por la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales de la Cámara de Diputados.

6 de agosto de 2014

La moción de los diputados Berger, Edwards, Núñez, Pérez, Rathgeb, Santana y Verdugo, expone que, de conformidad a la Ley N° 20.599, se pueden instalar torres de antenas para telefonía celular en áreas urbanas y rurales, excepto dentro de establecimientos educacionales, salas cuna, jardines infantiles, hospitales, clínicas o consultorios, predios urbanos donde existan torres de alta tensión, y hogares de ancianos, ni en sitios ubicados a una distancia de los deslindes de estos establecimientos menor a cuatro veces la altura de la torre, con un mínimo de 50 metros de distancia, salvo que se trate de torres que estos establecimientos requieran para sus fines propios.

Al efecto, la iniciativa aduce que la autorización de instalación de torres de telecomunicaciones en terrenos privados corresponde a la Dirección de Obras de la Municipalidad, previo cumplimiento de ciertos requisitos, tales como: una solicitud de instalación firmada por el dueño del terreno donde se ubicará la antena y por el concesionario responsable, un proyecto firmado por un profesional competente que incluya los planos de instalación de la torre, presupuesto del proyecto, proyecto de cálculo estructural de la torre y un certificado de Correos de Chile que acredite que se ha comunicado la existencia del proyecto a los vecinos del lugar donde se instalará la torre. Además, puede presentarse la recolocalización de antenas, cuestión que ocurre cuando una misma torre tiene antenas de más de una empresa o concesionario.

Así, el proyecto de ley precisa que para la instalación de las antenas resulta necesario la intervención de dos organismos: La Subsecretaría de Telecomunicaciones y la Municipalidad correspondiente al lugar en donde se instalará la antena. Sin embargo, los vecinos están  impedidos de oponerse a la eventual instalación de este tipo de antenas, cuestión que ha provocado serios problemas a lo largo del país.

Por tales razones, el proyecto de ley propone modificar el artículo 1°, letra b), de la Ley N° 20.599, estableciendo que las Direcciones de Obras Municipales deberán rechazar la solicitud de instalación de Antenas Emisoras y Transmisoras de Servicios de Telecomunicaciones cuando exista opinión en contrario de la Junta de Vecinos, Unión Comunal, o un número superior a 100 vecinos adyacentes al terreno en que se emplazará.

La iniciativa se encuentra en primer trámite constitucional y será analizada por la Comisión de Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales de la Cámara de Diputados.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

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