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Ley de Tránsito.

Proponen presumir responsabilidad de quienes se fuguen luego de una colisión.

El proyecto de ley propone maximizar los niveles de seguridad de las personas, modificando el artículo 168 de la Ley Nª 18.290.

14 de agosto de 2014

La moción de los diputados Carvajal, García, Hasbún, Letelier, Morales, Norambuena, Pérez, Sabag, Sepúlveda y Ward, expone que la Ley Nº 18.290, que regula el tránsito en nuestro país, día a día, va adquiriendo mayor relevancia en el diseño de las políticas no sólo vinculadas a la conducción, sino que también al diseño urbanístico de nuestras ciudades, con ocasión del aumento exponencial de nuestro parque automotriz en las últimas décadas.

Observa luego que el riesgo de sufrir las personas accidentes con ocasión del tránsito vehicular es siempre creciente, situación que condiciona la generación de una mayor cantidad de normas, destinadas a prevenir la ocurrencia de estos lamentables sucesos, los cuales traen aparejadas consecuencias tanto en el plano jurídico como también en el económico de las personas.

Al efecto, el proyecto expone que la ley del tránsito tiene múltiples implicancias en la vida nacional e institucional, desplegando su fuerza normativa en ámbitos tales como el medio ambiental, obras públicas, laboral o deportivo. Sin embargo, a juicio de los autores, la mayor connotación social posee, es aquella vinculada con la accidentabilidad en la conducción.

Por tal razón, el proyecto de ley propone maximizar los niveles de seguridad de las personas, modificando el artículo 168 de la Ley Nª 18.290, sobre Tránsito, a fin de sancionar a quienes imprudentemente ocasionan estos hechos y eludan flagrantemente su responsabilidad, dándose a la fuga luego de una colisión, mediante una presunción de responsabilidad, la que en este caso operaría como presunción de derecho.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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