Segunda sala.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas relativas a la prenda mobiliaria.
La gestión pendiente incide en los autos sobre procedimiento voluntario de ejecución de prenda bancaria.

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 6° de la Ley N° 4.287, sobre prenda de valores mobiliarios a favor de los bancos.
La gestión pendiente incide en los autos sobre procedimiento voluntario de ejecución de prenda bancaria.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes de la gestión invocada. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
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