CS confirma sentencia.
Corte de Concepción rechaza protección por instalación de torre de antenas y sistemas radiantes cercanos a colegio.
La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de protección; decisión que fue confirmada en todas sus partes por la Corte Suprema en alzada.

Se dedujo acción de protección en contra de de ATC Sitios de Chile S.A. y en contra de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (ENTEL), por parte de una particular, por sí y en representación de un establecimiento educacional.
La recurrente estimó vulneradas las garantías constitucionales contempladas en los numerales 1, 2, 8 y 24 del artículo 19 de la carta fundamental.
Al respecto, expuso en su libelo que con fecha 12 de marzo la empresa ATC Sitios de Chile S.A. mediante carta, comunicó la instalación de una torre soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones de hasta 14 metros de altura a una distancia de 16,75 metros del deslinde nororiente del establecimiento educacional Mozart Schule, al cual asisten niños de enseñanza básica a media ubicado en calle el Barrio Universitario, Concepción; y que el único documento acompañado fue la referida carta, no adjuntándose absolutamente ninguno de aquellos que la propia ley 20.599 exige, lo cual limita absolutamente el derecho que poseen tanto los propietarios afectados como la propia junta de vecinos que representa al sector.
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