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A tercer trámite.

Avanza proyecto que hace inoponibles multas empadronadas de antiguos dueños de vehículos.

Corresponde ahora que la moción sea analizada en tercer trámite constitucional por la Cámara de Diputados.

29 de septiembre de 2014

La Sala del Senado aprobó –por unanimidad- el proyecto de ley que modifica la Ley de Tránsito, proponiendo que las multas empadronadas que, al tiempo de la transferencia de un vehículo, no figuren en el Certificado del Registro de Multas del Tránsito no Pagadas, sean de cargo del anterior propietario.

Al efecto, la iniciativa establece que el notario u otro ministro de fe que autorice la compraventa de un vehículo tendrá la obligación de requerir del vendedor la presentación de un Certificado del Registro de Multas de Tránsitos no Pagadas al momento de la celebración del contrato, y solicitar la inscripción a costa del adquirente.

Por su parte, agrega la iniciativa que el Registro Civil deberá abstenerse de anotar una multa impaga en el Registro de Multas si es que el actual propietario del vehículo es distinto de aquel a la fecha de la infracción, debiendo comunicar en dicho caso al Juzgado de Policía Local correspondiente, declarándose inoponibles al comprador las multas empadronadas que no figuren en el certificado emitido por el Registro de Multas al momento de la transferencia, y que aparezcan con posterioridad gravando al vehículo, quedando radicada la responsabilidad sobre éstas en el anterior propietario o vendedor.

Corresponde ahora que la moción sea analizada en tercer trámite constitucional por la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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