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Libertad de expresión.

Supremo Tribunal Federal de Brasil dejó sin efecto medida cautelar que prohibía publicación de revista.

El máximo Tribunal Federal de Brasil resolvió dejar sin efecto una medida cautelar que prohibía la publicación de una edición de la revista IstoÉ.

3 de octubre de 2014

El máximo Tribunal Federal de Brasil resolvió dejar sin efecto una medida cautelar que prohibía la publicación de una edición de la revista IstoÉ, en el marco de un recurso interpuesto en contra de la decisión del Juzgado de la Comarca de Fortaleza, perteneciente al Estado de Ceará, en virtud de la cual la editorial debía dejar de distribuir, comercializar y publicar cualquier noticia relacionada con el gobernador de Ceará y con una operación policial que investigaba casos de lavado de dinero y evasión fiscal.

Además, la medida cautelar imponía una multa diaria de 5 millones de reales (unos 2 millones de dólares) en caso de incumplimiento. Ante dicha decisión, la editorial acudió al Supremo Tribunal Federal (STF). 

De ese modo, en su sentencia la Magistratura Brasilera suspendió los efectos de la medida decretada en primera instancia, basándose en un fallo de abril del año 2009, en la cual declaró la incompatibilidad de la Ley de Prensa de 1967 con la Constitución Federal de Brasil y reafirmó la prohibición de la censura previa.

Asimismo, el Tribunal Federal consideró, entre otros aspectos, que la información se basó en la actuación de un funcionario público; que no estaría siendo publicada con manifiesta negligencia ni con conocimiento de que se estaban difundiendo informaciones falsas; y que, no obstante la información se refería a una investigación que se encontraba bajo reserva, los periodistas que recibieron dicha información no habrían violado la obligación de secreto, la cual corresponde a quienes eventualmente la filtraron.

 

 

Vea texto íntegro de la resolución del Tribunal Federal de Brasil.

 

 

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