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Violaciones a DDHH.

Ministro Arancibia dictó auto de procesamiento por homicidio calificado de hermanos Miño Logan.

El Ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, dictó auto de procesamiento.

7 de octubre de 2014

El Ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, dictó auto de procesamiento en el marco de la investigación por el homicidio calificado de los hermanos Marcelo Esteban Miño Logan y David Marco Miño Logan, perpetrado el 19 de enero de 1985, en la ciudad de Quillota.

En virtud de los antecedentes consignados el proceso, se logró establecer que «el día 19 de enero de 1985, alrededor de las 14:00 o 15:00 horas, en el inmueble ubicado en Avenida Valparaíso N° 580, de la ciudad de Quillota, lugar en donde residían los hermanos David y Marcelo Miño Logan, fue allanado por un gran número de agentes de la Central Nacional de Informaciones CNI, quienes, al ingresar al domicilio, reducen a una de las víctimas tomándolo por el cuello para posteriormente utilizarlo como escudo humano. En ese momento también se encontraban al interior de la casa David Miño Logan y Fernando Fuentes Ramírez, éste último, que si bien, recibió impactos de balas en diversas partes del cuerpo, pudo sobrevivir a la balacera, no así los hermanos Miño Logan, quienes fueron abatidos en el mismo lugar recibiendo múltiples heridas de bala, según lo consignan los informes de autopsia tenidos a la vista».

En la causa, el Magistrado sometió a proceso a  Galvarino Arce Díaz, Alejandro Espinoza López y Humberto González Pasten, «como autores del delito de homicidio calificado de Marcelo Esteban Miño Logan y David Marco Miño Logan, previsto y sancionado en el artículo 391 N° 1, circunstancias primera y quinta  del Código Penal, esto es, alevosía y premeditación».   

 

Vea texto íntegro de la resolución.

 

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