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CS confirmó.

Corte de San Miguel rechazó amparo deducido contra Brigada de Investigación Criminal.

La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el recurso de amparo; decisión que fue confirmada en todas sus partes por la Corte Suprema en alzada.

13 de octubre de 2014

Se dedujo acción de amparo en contra de la Brigada de Investigación Criminal de Melipilla, por parte de un particular en favor de dos personas.

Al respecto, fundó su libelo arguyendo que el día 10 de septiembre pasado a las 18:00 horas, llegó hasta el domicilio de uno de los amparados una camioneta de la que descendió un sujeto, portando un arma de fuego, que dijo ser de investigaciones de Melipilla, el que no se identificó con su placa ni tampoco dio su nombre y que le exigió firmar unos documentos, a lo que aquel se negó. Además le informó que estaba siendo inculpado por usurpación de tierras y de robarse un portón de fierro de otra parcela, en atención a lo cual debía presentarse al día siguiente en la unidad policial, señalándole que si no lo hacía sería detenido y lo pasaría muy mal, citación a la que no se presentó por temor de apremios ilegítimos o de quedar detenido sin causa para ello.

Por otra parte, aduce el recurrente que el segundo amparado recibió una llamada a su teléfono celular de una persona que sólo se identificó como detective de la unidad de Melipilla y lo citó a la unidad para el día siguiente, a fin de prestar declaración por el retiro de un reja y un muro, previniéndosele que de no presentarse estaría obstruyendo la investigación y sería detenido en el acto. Al día siguiente el amparado concurrió a la fiscalía local y constató que sólo registraba una causa vigente por usurpación de aguas, por temor a ser detenido, desde entonces no pernocta en su domicilio sin causa alguna.

Finalmente, expone que la actuación ilegal y arbitraria se ha producido por cuanto el funcionario de la policía se presentó sin identificarse con su placa de servicio y tarjeta de identificación policial, por no usar vestimenta ni vehículo institucional y por ostentar arma de fuego.

La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el recurso de amparo; decisión que fue confirmada en todas sus partes por la Corte Suprema en alzada.

En su fallo, sostuvo en esencia que, “del mérito de los antecedentes reunidos en autos, en especial lo informado por la Policía de Investigaciones de Chile, se desprende que contra de los amparados existe una denuncia por el delito de daños, en virtud de la que se está llevando a cabo una investigación desformalizada, a cuyo alero la policía de investigaciones diligenció una orden de investigar emanada de la Fiscalía, la que fue emitida actuando dentro del ámbito de sus atribuciones, y por tanto la actuación recurrida no es ilegal ni arbitraria, en razón de lo cual esta Corte no está en situación de adoptar medidas protectoras en los términos del artículo 21 de la Carta Fundamental, por lo que el presente recurso será desestimado”.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N°25253-2014.

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel Rol N°232-2014.

 

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