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Economía procesal.

Tribunal Ambiental de Santiago ordenó acumulación de causas en proceso HidroAysén.

el Tribunal Ambiental de Santiago ofició a Valdivia para que le remita el expediente de la causa abierta en esa sede jurisdiccional.

30 de octubre de 2014

El Tribunal Ambiental de Santiago acogió la solicitud de acumular y revisar en su sede jurisdiccional las dos causas interpuestas por HidroAysén contra las resoluciones del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA).

En forma unánime, el Segundo Tribunal Ambiental adujo que  “atendidas las razones y consideraciones expuestas por el reclamante, la opinión legal adjunta y lo señalado por el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (…), se cumplen los requisitos establecidos en los artículos 92 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, ha lugar a lo solicitado y se ordena la acumulación de los autos seguidos ante el Tercer Tribunal Ambiental a esta causa”.

Cabe recordar que HidroAysén interpuso dos reclamaciones contra el SEA, en defensa de su proyecto hidroeléctrico: en Santiago contra la resolución que invalidó los acuerdos tomados por el Comité de Ministros de enero de 2014, y que permitieron posteriormente dejar sin efecto la aprobación ambiental del Proyecto; mientras que en Valdivia contra la resolución que calificó desfavorablemente la iniciativa energética.

En torno a la acumulación, según el informe del SEA, “existe una conexión” entre las resoluciones reclamadas por HidroAysén, expresando que “la primera resolución constituye el presupuesto jurídico necesario que permitió al Comité de Ministros resolver la totalidad de los recursos de reclamación incoados contra la RCA N°225, pues solo después de dejar sin efecto los 19 acuerdos del 30 de enero del presente año, el Comité de Ministros se encontraba habilitado para analizar y resolver tales medios de impugnación”.

Conforme a lo anterior, el Tribunal Ambiental de Santiago ofició a Valdivia para que le remita el expediente de la causa abierta en esa sede jurisdiccional (R-4-2014), sin perjuicio de la eventual contienda de competencia que se pudiera suscitar y que debería ser resuelta por la Excma. Corte Suprema, suspendiéndose mientras tantos ambos procesos.

 

 

Vea texto íntegro de los expedientes  R-4-2014  de Valdivia y R-40-2014 de Santiago.

 

 

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