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Comisión analiza figura del testigo protegido en proyecto que modifica ley antiterrorista.

La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, se encuentra analizando el proyecto que modifica la Ley Antiterrorista.

15 de noviembre de 2014

La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado, se encuentra analizando el proyecto que modifica la Ley Antiterrorista.

La instancia durante el debate contó con la participación de académicos y expertos en la materia, con el objeto de abordar algunos puntos que han generado división entre los senadores, en especial la figura de los testigos protegidos y la exclusión de diversos delitos en la Ley Antiterrorista. 

Al efecto, el senador Harboe, presidente de la Comisión, explicó que el proyecto posee varias virtudes, entre la cuales destaca “el establecimiento de un régimen de responsabilidad en cuatro casos: la asociación criminal terrorista; la participación del terrorista individual; el caso de una persona que no perteneciendo a la organización de carácter terrorista adhiere a sus postulados y la participación como financista de la organización. Agregó, que otra de las ideas interesantes que presenta la iniciativa  es el sistema de computación de las penas que consagra una posibilidad de acumular las penas. Es decir, la persona que es condenada por la participación en alguna organización terrorista o como terrorista individual, recibe una sanción que puede partir en los 10 años y un día hacia arriba y adicionalmente la pena que haya cometido asociada al delito como homicidio, secuestro, etc.”

Asimismo, adujo el parlamentario que un elemento positivo es la incorporación de la figura del agente encubierto, que ha dado buen resultado en la ley de drogas.

Finalmente, el senador arguyó que la Comisión propuso al gobierno derogar la existencia de testigos anónimos lo que no fue acogido, proponiendo de manera alternativa una norma que, se indicó, establece “que existen los testigos anónimos, pero no pueden ser el único elemento de prueba para fundar una condena con lo cual se salvan los cuestionamientos de la corte interamericana de derechos humanos”.

 

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.

 

 

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