Noticias

Resolverá Corte Suprema.

Tercer Tribunal Ambiental rechaza acumulación de autos y plantea contienda de competencia.

Rechazada la inhibitoria y planteada la contienda de competencia, corresponderá a la Corte Suprema pronunciarse sobre el fondo del asunto.

4 de diciembre de 2014

En decisión unánime, el Tercer Tribunal Ambiental rechazó la inhibitoria planteada por el Segundo Tribunal Ambiental, en su oficio ordinario N° 122/2014 de fecha 27 de octubre pasado, en el que se pide acumular las causas relacionadas al proyecto Hidroaysén. Del mismo modo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley Nº 20.600, que crea los Tribunales Ambientales, sometió la presente contienda de competencia al conocimiento de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, la que dirimirá de acuerdo al mérito de lo expuesto.

Al efecto, cabe recordar que HidroAysén interpuso dos reclamaciones contra el SEA, en defensa de su proyecto hidroeléctrico: en Santiago contra la resolución que invalidó los acuerdos tomados por el Comité de Ministros de enero de 2014, y que permitieron posteriormente dejar sin efecto la aprobación ambiental del Proyecto; mientras que en Valdivia contra la resolución que calificó desfavorablemente la iniciativa energética.

En razón de lo anterior, expone en esencia la Magistratura Ambiental de Valdivia “que la resolución de fojas 591 no contiene consideraciones de derecho que le sirvan de fundamento, sino una escueta alusión a los artículos 92 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; de tal manera, que resultan desconocidas las razones jurídicas que sirven de soporte al Segundo Tribunal Ambiental para ordenar acumular las causas”.

Por lo mismo, concluye sosteniendo que “para que las acciones sean iguales se requiere la concurrencia de tres elementos: personas, objeto pedido y causa de pedir. Haciendo un análisis de ambos procesos, este Tribunal ha apreciado que ambas acciones no son iguales entre sí”.

Así, rechazada la inhibitoria y planteada la contienda de competencia, corresponderá a la Corte Suprema pronunciarse sobre el fondo del asunto.

 

 

Vea texto íntegro de la resolución.

 

 

RELACIONADOS

* Tercer Tribunal Ambiental se pronuncia sobre figura del Amicus curiae…

*Tercer Tribunal Ambiental escuchará alegatos en reclamación contra SEA del Bío Bío…

*Tribunal Ambiental de Santiago ordenó acumulación de causas en proceso HidroAysén…

*Tribunal Ambiental de Santiago autoriza paralización de planta de Tecnorec S.A. en San Antonio…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *