Vertedero de Boyeco.
Tercer Tribunal Ambiental admite a trámite demanda por daño ambiental deducida por Comunidades Indígenas.
Admitida a trámite, la Magistratura Ambiental confirió traslado a las demandadas por el término de 15 días para su contestación

El Tribunal Ambiental de Valdivia acogió a trámite una demanda por daño ambiental en el caso caratulado «Epul Huircalaf, Abraham y otros con I. Municipalidad de Temuco y otros”.
Al efecto, la demanda fue presentada por comunidades indígenas aledañas al Vertedero de Boyeco ubicado en el sector Tromen Boyeco de la Región de la Araucanía, lugar en donde las municipalidades de Galvarino, Lautaro, Perquenco, Padre Las Casas, Temuco y Vilcún depositan desechos domiciliarios de manera permanente.
Asimismo, los demandantes adujeron en su libelo que los referidos actos causan un daño ambiental gravísimo en el territorio de las comunidades indígenas Ramón Reyes, León Nahuelpan, Martín Huenuqueo, Lorenzo Epul y Gerónimo Melillan, cuyos efectos se tornaron evidentes evidentes a partir del mes de mayo del año 2010, fecha en la cual se produjo la pérdida total de las fuentes de abastecimiento de agua potable de dichas comunidades debido a la contaminación de las aguas superficiales del sector y, consecuentemente, las napas subterráneas de todos los inmuebles de los demandantes por la infiltración de líquidos percolados, provenientes del Vertedero de Boyeco.
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