Por vicios en el procedimiento.
Tribunal Ambiental de Santiago dictó sentencia y anula DS sobre norma de material particulado respirable.
El fallo también realiza una extensa prevención dirigida al rol que juegan los principios del Derecho Ambiental.

En fallo unánime, el Tribunal Ambiental de Santiago resolvió anular el Decreto Supremo N° 20, del Ministerio del Medio Ambiente, que revisó la norma de calidad primaria para material particulado respirable MP10 en el país.
Al efecto, cabe recordar que El D.S. N° 20 de 2013 derogó al D.S. N° 59 de 1998 del Minsegpres, eliminando la norma que establecía un límite de 50 ug/m3 como concentración anual, manteniendo la norma diaria límite de 150 ug/m3 de material particulado respirable.
Lo anterior, motivó la presentación de cinco reclamaciones ante el Tribunal por parte de municipalidades y personas naturales. Tres de ellas solicitaban dejar sin efecto la derogación de la norma anual, mientras que las otras dos impugnaban la mantención de la norma diaria.
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