Noticias

CS confirmó.

Corte de Valdivia rechaza protección deducida contra Banco por no entrega de dinero en cajero automático.

La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de protección; decisión que fue confirmada en todas sus partes por la Corte Suprema.

23 de diciembre de 2014

Se dedujo acción de protección –por parte de un particular- en contra del Banco Crédito Inversiones Nova.

El recurrente estimó vulnerados los derechos constitucionales del artículo 19 N° 2° y N° 24 de la Carta Fundamental.

Expuso en su libelo el actor ser cliente del Banco recurrido, con el que tiene contratada una cuenta prima. Agrega luego que el día 4 de Octubre se dirigió al Cajero automático N° 674, del Banco Santander, realizando un giro por $200.000, el que fue descontado íntegramente de su cuenta, pero el dispensador no entregó el dinero como tampoco el comprobante asociado a esa operación.

Expone el libelo a continuación que, al momento de la operación, se trataba de un fin de semana, por lo que al lunes siguiente, día 6, al consultar en el Banco Santander por una solución, le indicaron que estaría resuelto en 24 horas, lo que indica no haber sucedido. Posteriormente al pedir respuesta a su banco, le informaron que su petición generaría un reclamo y que el día 21 de Octubre le entregarían una respuesta.

La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de protección; decisión que fue confirmada en todas sus partes por la Corte Suprema.

En su sentencia, adujo en lo grueso que el Banco, al informar, da noticia de la solución proporcionada al recurrente, pues afirma que el día 10 de Noviembre se le depositó en su cuenta prima, la suma girada del cajero y no recibida.

Pues bien, de acuerdo a dicho aserto, respaldado en el documento acompañado, denominado “certificado notarial” que da cuenta del depósito efectuado en la cuenta prima del recurrente, queda de manifiesto que la transgresión que existió al derecho de propiedad del señor Flores Cortes, cesó. Efectivamente, el dinero cargado a su cuenta prima como girado del cajero automático, con fecha 6 de Octubre de 2014 (dinero del cual nunca pudo disponer) le fue abonado en su cuenta un mes y algunos días después.

Lo anterior, es razón suficiente para rechazar el recurso, pues ya no subsiste el motivo que generó la vulneración al derecho de propiedad.

Asimismo, prosigue la sentencia arguyendo que pese a lo concluido precedentemente, debe darse un paso más en el análisis de la responsabilidad del banco recurrido en estos hechos, el que se excusa en que nada le es imputable, por haberse producido el error en un cajero de otra entidad financiera.  Ello no es efectivo. Al respecto, esta Corte entiende que efectivamente el banco debe asumir su responsabilidad en la no entrega del dinero girado de un cajero automático, pues existe un vínculo contractual entre el girador y titular de la tarjeta, que lo habilita para girar dinero de los cajeros automáticos y el Banco que le proporciona dicho elemento material (tarjeta). La circunstancia aledaña consistente en que el cliente puede girar dinero de cajeros de otros bancos, con la tarjeta que le proporciona aquel con el que mantiene un contrato de cuenta prima, en este caso, no lo exime de la responsabilidad por las falencias y errores que se produzcan en el proceso de giro. Todo ello, como lo asevera el mismo recurrido en su informe, “sin perjuicio del derecho del Banco informante para hacer efectivo su derecho contra el banco Santander”.

Finalmente, concluye el fallo manifestando que, por lo expuesto y considerando el prolongado lapso que el recurrente estuvo vulnerado de su derecho constitucional, sumado a que a él no le es exigible saber y conocer el número o denominación del cajero con fallas, lo que es resorte del banco de investigar y solucionar, por contar con los medios técnicos para ello, es que se condenará en costas a la recurrida, según se dirá en lo resolutivo del fallo.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N°31363-2014.

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia Rol N°873-2014.

 

RELACIONADOS

*Corte de Valparaíso rechazó protección deducida contra Banco por no alzamiento de hipotecas…

*CS anuló de oficio sentencia que rechazó demanda de indemnización de perjuicios contra Banco Security…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *