Diario Constitucional

De forma unánime.

CS revoca sentencia y rechaza reclamación de empresa sanitaria que excedió límite máximo de arsénico en agua potable.

La Corte Suprema condenó a Aguas del Altiplano S.A. a pagar una multa de 250 UTM (unidades tributarias mensuales) por infringir el Código Sanitario.

Por Redacción·23 de enero de 2015·2 min de lectura
CS revoca sentencia y rechaza reclamación de empresa sanitaria que excedió límite máximo de arsénico en agua potable.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema condenó a Aguas del Altiplano S.A. a pagar una multa de 250 UTM (unidades tributarias mensuales) por infringir el Código Sanitario al exceder los niveles máximos permitidos para la presencia de arsénico en el agua potable de la red que abastece el consumo humano en Arica.

En su sentencia, expone en esencia el máximo Tribunal que, durante el año 2012, Aguas del Altiplano excedió los límites permitidos para la presencia de arsénico en el agua potable, lo que fue detectado en un proceso de fiscalización llevado a cabo por la secretaría regional ministerial de Salud.

A continuación, aduce el fallo que, del examen de la presente causa resulta que la reclamante no ha controvertido los siguientes hechos, los cuales, por ende, se han de tener por establecidos:

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