CS confirmó.
Corte de Arica rechaza protección deducida contra Servicio de Evaluación Ambiental.
La Corte de Apelaciones de Arica rechazó el recurso de protección; decisión que fue confirmada por la Corte Suprema en alzada.

Se dedujo acción de protección –por parte de un grupo de particulares- en contra del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Arica y Parinacota.
Los recurrentes estimaron vulnerado su derecho a la vida e integridad física y psíquica, la igualdad ante la ley y su derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, garantizados en los numerales 1, 2 y 8 del artículo 19 de la Carta Fundamental.
Al efecto, fundaron su libelo señalando que el recurrido, por medio de Resolución Exenta N°38-2014, la que se pronuncia respecto a la pertinencia del ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, del proyecto “Cambio Tecnológico CT Parinacota RCA”, omitió la participación ciudadana establecida en el Convenio N°169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Originarios o Tribales, afectando también las garantías mencionadas.
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