Carece de un derecho indiscutido.
CS confirma sentencia y rechaza protección contra Director de Obras de Municipalidad.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección; decisión que fue confirmada, en todas sus partes por la Corte Suprema en alzada.

Se dedujo acción de protección –por parte de particulares- en contra del Director de Obras de la Municipalidad de Huechuraba.
Los recurrentes estimaron vulneradas las garantías constitucionales establecidas en los numerales 21 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental, por el hecho del recurrido consistente en la otorgación del Certificado de Informaciones Previas N° 268 (CIP), relativo al Lote N° 11 de la Hijuela V del Fundo El Carmen de Huechuraba, en el que se establece que dicho inmueble se encuentra totalmente afecto a “Área de Preservación ecológica”, lo que no es efectivo, desde que una porción importante de dicho inmueble se encuentra afecto a “Área urbanizable”.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección; decisión que fue confirmada, en todas sus partes por la Corte Suprema en alzada.
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