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Igualdad ante la ley.

Iniciativa extiende prohibición de discriminar arbitrariamente a toda afectación de la maternidad o del nacimiento

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía de la Sala del Senado.

30 de marzo de 2015

La moción de los senadores Coloma, Matta, Pérez, Van Rysselberghe y Von Baer, expone que son diversos los Tratados Internacionales que hacen énfasis en la promoción de la igualdad de los derecho y la no discriminación arbitraria de estos.

Observa luego que el artículo 24 de la Convención Americana de Derechos Humanos, señala que «todas las personas son iguales ante la ley. En consecuencia tienen derecho, sin discriminación, a igual protección de la ley». Agrega, que el artículo 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos indica que «Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. Al respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento, o cualquier otra condición social».

En ese sentido, los autores de la iniciativa arguyen que, en lo que respecta a la maternidad, el derecho internacional ha tenido una especial preocupación, así la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), incorporada a nuestro ordenamiento jurídico en el año 1989, en múltiples disposiciones manifiesta su intención de proteger a la mujer embarazada, evitando que la maternidad constituya una causa de discriminación arbitraria.

A continuación, los parlamentarios manifiestan que el hecho de que el niño haya nacido o no, tampoco puede ser causa de discriminación, siendo reconocido ello también en el ámbito internacional. De esta forma, en el preámbulo de la Convención sobre Derechos del Niño que retoma lo establecido por la declaración de los Derechos del Niño, se señala expresamente que «el niño, por razones de su dependencia física y mental, necesita ciertos cuidados y protecciones, incluyendo la representación legal antes y después de nacido.» Asimismo, expresamente señala en su artículo 2 que: «Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de (…) el nacimiento (…)».

Sin embargo, la moción expresa que aun cuando existe un número importante de normas nacionales e internacionales tendientes a prohibir la discriminación arbitraria, a juicio de los senadores en nuestro país se siguen cometiendo conductas arbitrarias en razón de la maternidad y del nacimiento.

Por las razones expuestas, y con el objeto de promover la igualdad y evitar todo tipo de arbitrariedad, el proyecto de ley propone modificar el artículo 2° de la Ley N° 20.609, que establece medidas en contra la discriminación, estableciendo el concepto de discriminación arbitraria toda distinción, exclusión o restricción que afecte a la maternidad o al nacimiento.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía de la Sala del Senado.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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