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“Nicolás tiene dos papás”.

CS rechaza protección respecto de distribución de cuento efectuada por JUNJI.

La Corte Suprema ratificó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas que rechazó el recurso de protección presentado por la distribución del cuento infantil «Nicolás tiene 2 Papás».

22 de abril de 2015

En fallo unánime, la Corte Suprema ratificó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas que rechazó el recurso de protección presentado por la distribución del cuento infantil «Nicolás tiene 2 Papás» en establecimiento de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).

En su sentencia, resolvió en lo grueso expresando que los miembros de la denominada «Confraternidad de Pastores Evangélicos de la Región de Magallanes» carecen de legitimación activa para recurrir en contra de la distribución del texto.

Así, en razón de lo anterior, concluye el máximo Tribunal arguyendo que, habiéndose deducido el presente arbitrio, genéricamente, por Flavio Ugenin Hernández Márquez y Pedro Carvajal Báez, miembros de la Confraternidad de Pastores Evangélicos de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, en favor de «todos y cada uno de los niños y niñas que se encuentran matriculados y/o inscritos en los establecimientos educacionales y parvularios de propiedad y/ (sic) administración y/o tutela de la Junta Nacional de Jardines localizados tanto en la Región de Magallanes y Antártica Chilena como en el resto del país», sin que se haya efectuado determinación alguna respecto de las personas en cuya representación se está accionando, aparece de modo palmario que no se ha acreditado por aquellos el interés directo en las garantías constitucionales que se reclaman como afectadas, por lo que carecen de la legitimación activa necesaria para accionar como ha acontecido.

 

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas y Corte Suprema.

 

 

 

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