Con disidencia.
CS revoca sentencia y acoge protección contra Fiscalizadora de la Inspección del Trabajo por extralimitación de facultades.
La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de protección, mas, la Corte Suprema –en alzada- revocó esta decisión.

Se dedujo acción de protección en contra de una Fiscalizadora de la Inspección del Trabajo de Temuco, por parte de una empresa.
El recurrente estimó vulneradas las garantías constitucionales contempladas en el numeral nº 3 inciso 4º y nº 24, del artículo 19 de la Carta Fundamental.
Al efecto, expuso en su libelo que su representada es dueña y administradora del Hotel de la Frontera. Con fecha 10 de Diciembre de 2014, se apersonó en el domicilio antes señalado, la señora Inspectora del Trabajo recurrida, quien señaló que procedería a efectuar una fiscalización a la empresa: oportunidad en que solicitó diversos documentos de trabajadores de ésta, y de personal que trabaja en forma esporádica y mediante contrato de honorarios.
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