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En primer trámite.

Prosigue discusión en torno a proyecto que sanciona conductas de colusión.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Economía y Fomento de la Cámara de Diputados.

14 de mayo de 2015

La Comisión de Economía y Fomento de la Cámara de Diputados se reunió con la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile, la Comisión de Libre Competencia del Colegio de Abogados y a la Confederación de la Producción y el Comercio (CPC), con el objeto de escuchar sus opiniones en torno al proyecto de ley que propone fortalecer el combate a la colusión.

Al efecto, cabe recordar que actualmente se imponen multas a beneficio fiscal hasta por 30.000 UTM, a quienes cometan este tipo de ilícitos. Sin embargo, a juicio de los autores de la iniciativa este tope máximo sería insuficiente como herramienta para disuadir la comisión de estos delitos anticompetitivos.

De esta manera, la iniciativa propone que el límite máximo sea flexible, facultando al Tribunal “aplicar una multa superior al beneficio económico obtenido por los infractores y que, para aquellos casos en que resulte sumamente complicado determinar dicho beneficio, se le autorice al Tribunal a fijar las multas basándose en estándares que se han considerado por el derecho comparado y la literatura como una aproximación certera de tales beneficios”.

En ese sentido, el abogado Christian Acuña, representante de la CPC, manifestó que comparten la propuesta legislativa, en la medida  que las multas tengan que asociarse al beneficio, agregando que también existe acuerdo en que la sanción aplicada sea el doble de este mismo, siempre que se procure que las multas impartidas sean realmente efectivas y que se delimiten las multas al país infractor, “y no a los demás países donde hay tiendas de la misma compañía”.

Por su parte, el presidente de la Comisión de Libre Competencia del Colegio de Abogados, Julio Pellegrini, mencionó que en materia de colusión es necesario sancionar, “pero la sanción debe cumplir con un doble objetivo, sancionar e impedir que se realicen nuevas conductas», por lo que detalla que la sanción no solo debe aplicarse a las empresas, sino que también a las personas jurídicas y naturales.

Finalmente, el presidente de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile, Hernán Calderón, argumentó que la libre competencia es un tema ético y por tanto las multas deben mantenerse y elevarse, estableciendo un mínimo de pena del 20% de las ventas. En esta misma línea, Calderón hizo hincapié en que los consumidores son los más afectados, por lo que la compensación para ellos, en todos los casos debe ser inmediata.

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Economía y Fomento de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.

 

 

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