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Modifica Ley N° 18.045.

Proponen aumentar penas a condenados bajo las normas de la ley de valores.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados.

3 de junio de 2015

La moción de los diputados Andrade, Espinosa, Hernando, Jarpa, Meza, Monckeberg, Núñez, Rincón, Robles y Silber, expone que a la Ley sobre Mercado de Valores, queda sometida la oferta pública de valores y sus respectivos mercados e intermediarios, los que comprenden las bolsas de valores, los corredores de bolsa y los agentes de valores; las sociedades anónimas abiertas; los emisores e instrumentos de oferta pública y los mercados secundarios de dichos valores dentro y fuera de las bolsas, aplicándose este cuerpo legal a todas aquellas transacciones de valores que tengan su origen en ofertas públicas de los mismos o que se efectúen con intermediación por parte de corredores o agentes de valores.

Observa luego que le corresponde a la Superintendencia de Valores y  Seguros vigilar el cumplimiento de las disposiciones señaladas en esta ley de Mercado de Valores, todo esto según las facultades que le asigna su Ley Orgánica Constitucional y la propia Ley N° 18.045.

Al efecto, los autores de la iniciativa aducen que quienes trabajan bajo el alero de esta ley, utilizando los medios del mercado, se aprovechan de la confianza de los actores, y su desconocimiento, muchas veces burlando sus derechos y encaminando sus intereses a un provecho propio. Asimismo, indican que el conocimiento de esta área ya sea por su regular ejercicio o prevaliéndose de su condición profesional hace que pueda fácilmente pasar por alto esta ley, esto sumado a que la Superintendencia no puede tener controlado de manera meticulosa todas las transacciones ya sea en la bolsa de comercio o por agentes de valores.

Por tales razones, y con el objeto de propender el fortalecimiento de la transparencia, idoneidad y legalidad tanto en el ámbito público como en el privado, el proyecto de ley propone modificar algunas disposiciones de la Ley N° 18.045, aumentando las penas privativas de libertad, y la incorporación de penas accesorias, a los miembros de las bolsas de valores que realicen algún tipo de actividad cuyas normas internas establezcan la expulsión de sus miembros como sanción.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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