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LOC del Congreso Nacional.

Proponen que comisiones investigadoras citen a ex Ministros de Estado hasta tres meses después de cesar.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada y debatida por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.

18 de junio de 2015

La moción de los diputados Hasbún, Hernández, Hoffman, Kast, Macaya, Morales, Nogueira, Silva, Turres y Ward, expone que, de acuerdo a los disposiciones constitucionales y legales existentes, la finalidad de toda comisión investigadora constituye recabar la mayor información relativa a los actos de gobierno.

Observa luego que en un ambiente donde la credibilidad de las instituciones políticas se encuentra fuertemente cuestionada por la ciudadanía, la reafirmación de tales instituciones constituye un elemento que siempre debe ser promovido por las autoridades preservando con ello la alta función que implica la fiscalización en el ámbito público de nuestra nación.

En ese sentido, los autores de la iniciativa aducen que el cometido de la Cámara de Diputados posibilita minimizar los actos de arbitrariedades democráticas que podrían ser eventualmente perpetrados por funcionarios de gobierno central. Agregan que el hecho de ampliar el marco de investigación, permitiría a nuestras autoridades facilitar el esclarecimiento de hechos presuntamente irregulares, contando con un mayor contrapeso de la administración y el accionar el accionar de las autoridades legislativas.

Asimismo, arguyen que, conforme al estatuto de responsabilidades en materia pública, las autoridades que han cesado en sus cargos, por ese solo hecho no se liberan de su obligación de responder ante actos cometidos por éste o sus delegados en caso de acreditarse la responsabilidad, es así como persiste esta responsabilidad y en consonancia con esto el proyecto de ley que proponemos se vincula con esta misma línea argumental.

Por las razones expuestas, y con el objeto de fortalecer la labor de las comisiones investigativas de la Cámara Diputados, la iniciativa propone modificar el artículo 54 de la LOC N° 18.918, del Congreso Nacional.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada y debatida por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.   

 

 

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