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CGR se pronuncia sobre fuero maternal en contratas de reemplazo.

La CGR concluye arguyendo que la exfuncionaria, contratada como reemplazante, no pudo gozar del fuero maternal más allá de la fecha de término de su contrata.

19 de junio de 2015

Se solicitó a la Contraloría General de la República, por parte de una exfuncionaria del Hospital Clínico San Borja Arriarán, un pronunciamiento que determinara su derecho a fuero maternal.

Requerido su informe, el Servicio de Salud Metropolitano Central adujo que la interesada tuvo derecho a la protección por la que consulta mientras se mantuvo vigente su designación.

Al efecto, el ente de control sostiene que la contrata de reemplazo corresponde, para el solo efecto del beneficio por el que se consulta, a una suplencia, razón por la cual, al igual como sucede con las suplencias, el fuero maternal finaliza con la llegada de la fecha establecida para la duración del respectivo vínculo.

Así, conforme a lo anterior, la CGR concluye arguyendo que la exfuncionaria, contratada como reemplazante, no pudo gozar del fuero maternal más allá de la fecha de término de su contrata.

 

 

Vea texto íntegro del dictamen 47.257-15.

 

 

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