Por 68 votos a favor la Cámara de Diputados aprobó la propuesta que modifica el Código Sanitario y la Ley 20.000, sustituyendo la Ley 19.366, que sanciona el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, con el objeto de legalizar el autocultivo de cannabis para el consumo privado y despenalizar su expendio y cultivo para fines medicinales.
Al efecto, cabe recordar que el proyecto modifica la Ley 20.000 permitiendo que quien posea, transporte, guarde o porte consigo pequeñas cantidades de la sustancia; quien siembre, plante, cultive o coseche especies del género cannabis; o que consuma en lugares públicos o abiertos al público no sea afectado con las penas descritas en este cuadro legal, en tanto justifique que están destinadas a la atención de un tratamiento médico o a su uso o consumo personal (se elimina las exigencia de que sea exclusivo y próximo en el tiempo.
Asimismo, el proyecto establece que queda exceptuado de pena el caso de la producción, fabricación, elaboración, distribución, transporte, comercialización, importación, exportación, posesión o tenencia de componentes canábicos, con el objetivo de destinarlos a la preparación de drogas estupefacientes o sustancias sicotrópicas con fines medicinales, entendiéndose que existe destinación a la atención de un tratamiento médico cuando el uso o consumo sea prescrito por un profesional médico habilitado, mediante la correspondiente receta expedida de conformidad a lo dispuesto en el Código Sanitario y reglamentos vigentes que correspondan.
De otro lado, el proyecto establece que no se requerirá de autorización alguna para el porte de cantidades inferiores a diez gramos de cualquier especie, subespecie o variedad de sumidades floridas secas y sin aditivos de la especie vegetal cannabis.
La autorización para la siembra, plantación, cultivo o cosecha será otorgada por el Servicio Agrícola y Ganadero mediante resolución fundada.
Finalmente, la iniciativa expresa que, respecto de los programas y asignaturas para el conocimiento de los problemas asociados al consumo de drogas, se entenderá por prevención inespecífica el uso de prácticas educativas enfocadas en el aprendizaje de cuidados integrales y hábitos saludables para el desarrollo de las y los estudiantes, en conjunto con la elaboración de estrategias que fortalezcan el rol de los padres, apoderados y adultos responsables de los menores en todos estos procesos.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis la Cámara de Diputados.
Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.
RELACIONADOS
* Comisión despacha iniciativa que despenaliza autocultivo de cannabis…
* Comisión despachará iniciativa que despenaliza autocultivo de cannabis…