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Código Penal.

Proponen aumentar pena asignada al robo de vehículos con menores en su interior.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.

29 de agosto de 2015

La moción de los diputados Espinosa, Jarpa, Meza, Robles, Hernando, Silber y Jiménez, modifica el artículo 433 del Código Penal para aumentar la pena asignada al robo de vehículos, cuando se encuentren menores de edad en su interior, de forma tal que esta sea de presidio mayor en su grado medio a máximo, es decir, desde los diez años y un día a los 20 años de cárcel.

Al efecto, los parlamentarios exponen que en los últimos diez meses se han registrado al menos cuatro casos graves de robo de vehículos motorizados con menores de edad en su interior y que, no obstante la gravedad de estos hechos, los casos han sido considerados como robos simples porque los delincuentes dejan posteriormente a los menores en la calle y, con ello, no se configura el delito de secuestro o sustracción de menores, que tiene sanciones más graves.

De esta manera, los diputados arguyen que el robo de vehículos motorizados con menores de edad en su interior debe asimilarse, en su penalidad, al delito de robo con violencia en las personas y no como robo simple de fuerza en las cosas.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

  

 

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