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Regresa a Comisión.

Avanza discusión en general de proyecto que declara inembargabilidad de viviendas sociales.

La iniciativa se encuentra en primer trámite constitucional, y retornó para un mayor análisis a la Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados.

15 de septiembre de 2015

La moción  de los diputados Cariola, Teillier, Espinoza, Fernández y Carvajal, busca proteger la vivienda social impidiendo que se convierta en un bien de mercado o en una garantía crediticia.

Al efecto, cabe recordar que los autores de la iniciativa consideran que los destinatarios de las viviendas sociales son personas que, junto a su entorno familiar, ameritan especial protección debido a una general condición de vulnerabilidad. Se trata, acotan, de trabajadores con escaso o nulo acceso a créditos o a fomentos monetarios semejantes para adquirir un lugar donde habitar, por lo que si un Estado no desarrolla estos programas, incurre en una grave vulneración de los Derechos de sus ciudadanos.

En ese sentido, estiman que no basta con garantizar el acceso a la vivienda social, sino que también se debe avanzar en su protección, impidiendo que se convierta en un bien de mercado o simplemente una garantía crediticia.

De ese modo, la iniciativa establece que no será inembargable el bien raíz del deudor en que éste, su cónyuge, su conviviente civil o hijos residan, siempre que sea el único bien raíz de propiedad del deudor, y que concurra algunas de las siguientes circunstancias: a) Se trate de una vivienda de emergencia y sus ampliaciones a que se refiere el artículo 5° del decreto ley N° 2.552, de 1979; b) La vivienda haya sido adquirida por el deudor con aplicación de algún subsidio habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que garantice el acceso a la vivienda sin deuda; c) La vivienda haya sido adquirida por el deudor con aplicación de un subsidio habitacional otorgado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo

La iniciativa se encuentra en primer trámite constitucional, y retornó para un mayor análisis a la Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados por considerarse que requiere indicaciones que precisen el tipo de beneficiarios cuyas viviendas no serán embargadas.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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