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En un plazo de 15 días.

CS revocó sentencia y acoge protección ordenando a Gendarmería trasladar a interno a centro médico.

La CS ordenó a Gendarmería de Chile otorgar asistencia médica a interno del penal del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, quien sufre una patología hepática.

15 de octubre de 2015

En fallo unánime, la Corte Suprema ordenó a Gendarmería de Chile otorgar asistencia médica a interno del penal del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, quien sufre una patología hepática que requiere tratamiento especializado en un centro de salud externo.

En se sentencia, expone el máximo Tribunal que en casos como el de autos en que se trata de una situación que requiere de atenciones médicas que no pueden ser prestadas en el centro hospitalario de Gendarmería de Chile, resulta evidente que dicha institución debió haber adoptado todas las medidas tendientes a obtener el pronto traslado del amparado a un centro asistencial en el que puedan otorgársele tales prestaciones, lo que no ha efectuado cabalmente según se colige del mérito de su propio informe, incumpliendo con ello el mandato contenido en las normas antes citadas, razón por la que el presente recurso será acogido».

De ese modo, el fallo concluye revocando la sentencia apelada de diecisiete de julio de dos mil quince, declarando en su lugar que se acoge el recurso de protección deducido en lo principal de la presentación de autos, sólo en cuanto Gendarmería de Chile deberá, en un plazo de quince días contados desde la dictación del presente fallo, informar a esta Corte Suprema sobre las medidas que se han adoptado para brindar al amparado el tratamiento médico adecuado a su enfermedad en un hospital público.

 

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema y de la Corte de Santiago.

 

 

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