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No ejercen función pública.

Proyecto deroga privilegio de eclesiásticos para testificar.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.

21 de octubre de 2015

La moción de los diputados Arriagada, Cornejo, Rincón y Saffirio, expone que la regla general en el procedimiento civil, es que toda persona deba testificar en el tribunal. Sin embargo, el referido cuerpo legal establece que determinadas personas, en razón de su cargo o función pública, queden exentas de comparecer ante el tribunal, otorgándoles el derecho de prestar declaración en el domicilio que ellos fijen, dentro del territorio jurisdiccional del tribunal.

Observa luego que se encuentran exentos de comparecer ante el tribunal, el Presidente de la República, los Ministros de Estado, entre las principales autoridades de Gobierno, así como los parlamentarios, Alcaldes, Miembros de la Corte Suprema, de las Cortes de Apelaciones, Fiscales Judiciales, Fiscales regionales del Ministerio Público, y oficiales en servicio activo y en retiro.

Al efecto, los autores de la iniciativa aducen que parece razonable que estas autoridades en razón de que ejercen o desempeñan altas funciones públicas, puedan tener este derecho de prestar declaración en el domicilio que ellos fijen, y no necesariamente concurrir al Tribunal. Sin perjuicio de lo anterior, la norma del artículo 361 establece que también se encuentran exentos de comparecer ante el tribunal las autoridades eclesiásticas como “el Arzobispo y los Obispos, los Vicarios Generales, los Provisores, los Vicarios y Provicarios Capituales; y los Párrocos, dentro del territorio de la parroquia a su cargo”, y también los “religiosos incluso los novicios” pueden hacer uso de este derecho.

En ese sentido, la iniciativa sostiene que no resulta justificable que en el Chile del siglo XXI aún subsista un privilegio procesal de esta naturaleza, en favor de las autoridades eclesiásticas, ya que no ejercen ningún tipo de función pública, por tales razones, proponen modificar el citado artículo 361, eliminando de esta forma el privilegio en cuestión.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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