Diario Constitucional

En segundo trámite.

Avanza discusión de proyecto sobre fortalecimiento de la democracia.

La Comisión Especial encargada de conocer proyectos relativos a probidad y transparencia prosigue hoy jueves con la discusión del proyecto, en segundo trámite constitucional, sobre fortalecimiento y transparencia de la democracia.

Por Redacción·22 de octubre de 2015·2 min de lectura
Avanza discusión de proyecto sobre fortalecimiento de la democracia.
Referencial

La Comisión Especial encargada de conocer proyectos relativos a probidad y transparencia prosigue hoy jueves con la discusión del proyecto, en segundo trámite constitucional, sobre fortalecimiento y transparencia de la democracia.

Al efecto, cabe recordar que la iniciativa tiene por objeto establecer normas que intensifiquen el control democrático, la publicidad y transparencia del financiamiento de la política y el fortalecimiento de la democracia, “con el fin último de asegurar la correcta expresión de la voluntad soberana del pueblo, generando instancias de participación ciudadana y fomentando las actividades políticas con equidad y transparencia”.

El proyecto, en esencia, establece estándares más exigentes de transparencia y control de la actividad política, para lo cual, entre otras medidas, se obliga a todos los candidatos a cargos de elección popular a efectuar una declaración de patrimonio e intereses; regula la forma, el modo y el plazo en que podrán realizarse actividades de propaganda electoral; establece normas que permitan mayor transparencia en la fuente de financiamiento de las campañas electorales y de los partidos políticos; establece un procedimiento para garantizar la publicidad de los aportes privados a las campañas electorales, eliminándose los aportes anónimos y los reservados; limita el aporte que pueden realizar a los partidos políticos las personas naturales y prohíbe cualquier aporte de las personas jurídicas; y elimina las normas sobre beneficios tributarios de las donaciones efectuadas a partidos políticos; fortalece las facultades de fiscalización y control del Director del Servicio Electoral en materia de transparencia, control y límites del gasto electoral, estableciendo el procedimiento administrativo sancionatorio aplicable al efecto, entre potras materias.

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